En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, Casemed abonará, desde el primer día, la diferencia entre lo que paga el Banco de Seguros del Estado para mantener el 100 % (cien por ciento)
del sueldo líquido promedio de las remuneraciones percibidas en los 6 meses anteriores al mes de la certificación, más el porcentaje de aguinaldo correspondiente. Esta prestación se otorgará por el
plazo en que se sirvan las indemnizaciones temporarias a cargo de dicho Banco, siempre que no se supere el plazo máximo aplicable para el complemento del subsidio referido en el numeral anterior.
En este caso también se debe solicitar médico certificador a través del 17 89 89 89.
Este complemento tampoco es materia gravada para el IRPF.